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Ayudas al emprendimiento para personas con discapacidad: Fundación ONCE ofrece hasta 18.000 euros hasta el 30 de septiembre

Publica: Red Inclusiva Ámbito estatal Publicado 27/07/2026 · Actualizado 28/09/2026
Ayudas al emprendimiento para personas con discapacidad: Fundación ONCE ofrece hasta 18.000 euros hasta el 30 de septiembre

Ayudas al emprendimiento para personas con discapacidad de Fundación ONCE: hasta 18.000 euros a fondo perdido y plazo hasta el 30 de septiembre de 2026.

  • A quién va dirigida: personas con discapacidad igual o superior al 33% o con incapacidad permanente reconocida que quieran emprender un negocio.
  • Cuánto se puede recibir: desde 3.000 euros a fondo perdido hasta un máximo de 18.000 euros según el perfil y el proyecto.
  • Plazo: hasta el 30 de septiembre de 2026 a las 12:00 horas, o antes si se agota el presupuesto.
  • Cómo pedirla: por correo electrónico o a través de la plataforma asignada según la comunidad autónoma de residencia.
Las ayudas al emprendimiento de Fundación ONCE para personas con discapacidad conceden entre 3.000 y 18.000 euros a fondo perdido para poner en marcha un negocio, con solicitud abierta hasta el 30 de septiembre de 2026 o hasta agotar el presupuesto disponible.

Qué son las ayudas al emprendimiento de Fundación ONCE en 2026

Las ayudas al emprendimiento de Fundación ONCE son subvenciones a fondo perdido dirigidas a facilitar que personas con discapacidad pongan en marcha su propio negocio o actividad profesional. La convocatoria 2026, vigente desde el 3 de junio, busca fomentar la creación de empleo y la inserción laboral mediante el autoempleo, según recoge la página oficial de convocatorias de Fundación ONCE. A diferencia de un préstamo, el dinero no hay que devolverlo: sirve para cubrir gastos de constitución, equipamiento, alquiler inicial u otros costes de arranque del proyecto.

Cuánto dinero se puede recibir: hasta 18.000 euros a fondo perdido

La ayuda parte de una cuantía fija de 3.000 euros para cualquier persona solicitante que cumpla los requisitos, y puede crecer hasta un máximo de 18.000 euros sumando distintos complementos según las circunstancias del proyecto y de la persona emprendedora. La convocatoria cuenta con una dotación inicial de 250.000 euros para esta edición, un presupuesto que se reparte por orden de entrada de solicitudes hasta agotarse.

Complemento de 2.000 euros por especial dificultad de inserción laboral

Quienes tienen discapacidad intelectual, psicosocial, parálisis cerebral o una discapacidad física o sensorial en los grados de mayor dificultad de inserción reconocidos en la convocatoria pueden sumar 2.000 euros adicionales a la ayuda base, al considerarse colectivos con más barreras para acceder al mercado laboral por cuenta propia.

Complementos adicionales que elevan la ayuda hasta 18.000 euros

Sobre la base y el complemento anterior, la convocatoria suma otros refuerzos económicos:

  • 1.000 euros para mujeres, personas en desempleo de larga duración, migrantes o mayores de 45 años.
  • 2.000 euros para mujeres víctimas de violencia de género, familias monoparentales u hogares en situación de desempleo total.
  • Hasta 3.000 euros por cada socio o socia con discapacidad que se incorpore al proyecto empresarial.
  • 1.000 o 2.000 euros por contratar a otra persona con discapacidad durante al menos seis meses, según su grado de dificultad de inserción.
  • 3.000 euros si el proyecto se desarrolla en sectores estratégicos como la tecnología, la sostenibilidad o las energías renovables.

Estos complementos son acumulables entre sí hasta alcanzar el tope de 18.000 euros por proyecto.

Quién puede solicitar la ayuda: requisitos de discapacidad

Puede solicitar esta subvención cualquier persona con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, así como quienes tengan reconocida una incapacidad permanente en los términos que establece la legislación vigente, siempre que vayan a iniciar o hayan iniciado recientemente una actividad por cuenta propia. El detalle completo de requisitos, documentación y bases figura en el extracto de la convocatoria publicado en el Boletín Oficial del Estado, que recoge la resolución de Fundación ONCE para el ejercicio 2026.

En qué comunidades autónomas se puede pedir la subvención

La edición 2026 divide el territorio español en tres grupos, cada uno con su propio canal de tramitación:

  • Aragón, Cataluña, Madrid, Navarra y País Vasco: financiación directa de Fundación ONCE, con solicitud por correo electrónico a ayudasemprendimiento@fundaciononce.es.
  • Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia, La Rioja y Murcia: gestión a través de la plataforma Bridge for Billions.
  • Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Ceuta y Melilla: gestión a través de la entidad C Valores.

Conviene identificar primero el grupo correspondiente a la comunidad autónoma de residencia, ya que cada canal tiene su propio formulario y procedimiento.

Plazo y forma de solicitud antes del 30 de septiembre de 2026

El plazo para presentar la solicitud está abierto hasta el 30 de septiembre de 2026 a las 12:00 horas (hora peninsular), o hasta que se agote antes la dotación presupuestaria, lo que ocurra primero. Quienes tramitan la ayuda de forma directa con Fundación ONCE deben enviar el formulario de solicitud junto con el plan de empresa y la documentación acreditativa a la dirección de correo habilitada; quienes dependan de Bridge for Billions o C Valores deben seguir el procedimiento indicado en la plataforma correspondiente. Dado lo ajustado del calendario en esta recta final, conviene enviarla cuanto antes.

Documentación necesaria para solicitar la ayuda

Para tramitar la solicitud es necesario aportar, entre otros documentos:

  1. DNI o NIE en vigor de la persona solicitante.
  2. Certificado oficial de reconocimiento del grado de discapacidad o resolución de incapacidad permanente.
  3. Informe de vida laboral actualizado.
  4. Plan de empresa que describa el proyecto, su viabilidad económica y el destino previsto de la ayuda.
  5. Formulario de solicitud cumplimentado según el modelo de la convocatoria.

La falta de alguno de estos documentos puede retrasar la valoración del expediente.

Preguntas frecuentes sobre las ayudas al emprendimiento de personas con discapacidad

¿Es compatible esta ayuda con otras subvenciones al autoempleo?

Depende de cada convocatoria autonómica o estatal; conviene comprobar la compatibilidad concreta en las bases de cada programa antes de solicitar varias ayudas para el mismo proyecto.

¿Qué pasa si se agota el presupuesto antes del 30 de septiembre?

La convocatoria se cierra en el momento en que se agota la dotación disponible, aunque no haya llegado la fecha límite del 30 de septiembre de 2026, por lo que conviene solicitar la ayuda cuanto antes.

¿Hay que devolver el dinero de esta ayuda al emprendimiento?

No. Es una subvención a fondo perdido, por lo que no es necesario reembolsarla si se cumplen las condiciones y el destino de los fondos establecidos en la convocatoria.

Fuente: Fundación ONCE

Red Inclusiva · Equipo editorial

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