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Asignación por hijo a cargo con discapacidad: requisitos y cuantías 2026

Publica: Red Inclusiva Ámbito estatal Publicado 22/08/2026
Asignación por hijo a cargo con discapacidad: requisitos y cuantías 2026

La asignación por hijo a cargo con discapacidad es una prestación de la Seguridad Social de hasta 8.942,40 euros al año según el grado reconocido y la edad del menor.

  • Es una prestación no contributiva de la Seguridad Social para menores o hijos a cargo con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • La cuantía va de 1.000 euros anuales para menores de 18 años al 33% hasta 8.942,40 euros para mayores de 18 años con el 75% y necesidad de otra persona.
  • No está sujeta a límite de ingresos, a diferencia de otras prestaciones familiares de la Seguridad Social.
  • Se solicita ante el INSS con el certificado de discapacidad y el libro de familia o certificado de nacimiento.
La asignación por hijo a cargo con discapacidad es una prestación económica de la Seguridad Social, sin límite de ingresos, que reconoce entre 1.000 y 8.942,40 euros al año a quien tiene a su cargo un hijo o menor acogido con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, en función de la edad y el grado reconocido.

Qué es la asignación por hijo a cargo con discapacidad y quién la gestiona

La asignación económica por hijo o menor a cargo con discapacidad es una prestación familiar no contributiva de la Seguridad Social destinada a compensar los gastos adicionales que supone criar a un hijo o menor acogido con discapacidad. La gestiona el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para el régimen general de trabajadores, mientras que las mutualidades de funcionarios (MUFACE, MUGEJU e ISFAS) tramitan la misma prestación, con idénticas cuantías, para su colectivo. A diferencia de la antigua asignación por hijo a cargo sin discapacidad, que quedó integrada en el Ingreso Mínimo Vital, esta ayuda se mantiene como prestación específica precisamente porque va ligada al reconocimiento de un grado de discapacidad.

Requisitos para cobrar la asignación por hijo a cargo con discapacidad

Para acceder a esta prestación es necesario cumplir varios requisitos, tanto del solicitante como del menor o hijo a cargo:

  • Residencia legal en España del beneficiario y del hijo o menor acogido.
  • Convivencia y dependencia económica: el hijo o menor debe convivir con el solicitante y depender económicamente de él, ya sea por filiación, acogimiento familiar permanente o tutela con fines de adopción.
  • Grado de discapacidad reconocido: igual o superior al 33% si el hijo es menor de 18 años, o igual o superior al 65% si es mayor de esa edad, mediante el correspondiente certificado de discapacidad expedido por el IMSERSO o el organismo autonómico competente.
  • No percibir una prestación equivalente de otra mutualidad obligatoria o de otro sistema público para el mismo hijo.

A diferencia de la asignación general por hijo a cargo, en este caso no se exige un límite de ingresos al solicitante: el derecho depende únicamente del grado de discapacidad reconocido y del vínculo de convivencia y dependencia económica.

Cuantías de la asignación por hijo a cargo con discapacidad según el grado reconocido

Las cuantías para 2026, actualizadas por el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, publicado en el BOE número 309, se dividen en tres tramos según la edad del hijo y el grado de discapacidad:

  • Hijo menor de 18 años con discapacidad igual o superior al 33%: 1.000 euros anuales (83,33 euros al mes).
  • Hijo mayor de 18 años con discapacidad igual o superior al 65%: 5.962,80 euros anuales (496,90 euros al mes).
  • Hijo mayor de 18 años con discapacidad igual o superior al 75% y necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida (vestirse, desplazarse, comer): 8.942,40 euros anuales (745,20 euros al mes).

Según recoge la página oficial del ISFAS, el tramo intermedio y el superior han subido respecto a 2025 (13,10 euros y 19,60 euros más al mes, respectivamente), dentro de la revalorización general de pensiones y prestaciones del 2,7% aplicada por el citado Real Decreto-ley.

Cómo solicitar la asignación por hijo a cargo con discapacidad ante el INSS

La solicitud se presenta ante el INSS, ya sea de forma online a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, o de forma presencial con cita previa en un centro de atención e información. La documentación habitual incluye:

  1. DNI o NIE del solicitante.
  2. Libro de familia o certificado de nacimiento del hijo o menor a cargo.
  3. Certificado del grado de discapacidad, o resolución del organismo autonómico que lo reconoce.
  4. Documento acreditativo del acogimiento familiar o la tutela, si procede.

Una vez reconocido, el derecho se mantiene mientras se conserven los requisitos, sin necesidad de renovarlo cada año, aunque el INSS puede requerir la actualización del certificado de discapacidad si el grado inicial estaba sujeto a revisión. Para más información sobre trámites y otras prestaciones compatibles, puede consultarse el buscador de ayudas y la sección de guías de Red Inclusiva.

Compatibilidad de la asignación por hijo a cargo con discapacidad con otras ayudas

Esta asignación es compatible con otras prestaciones como el complemento por discapacidad del Ingreso Mínimo Vital o el mínimo por discapacidad de descendientes en el IRPF, siempre que no supongan percibir dos veces el mismo concepto. No es compatible, en cambio, con la percepción simultánea de la prestación equivalente reconocida por otra mutualidad de funcionarios para el mismo hijo o menor, ya que se trata de sistemas excluyentes entre sí para una misma persona beneficiaria.

Preguntas frecuentes sobre la asignación por hijo a cargo con discapacidad

¿Cuánto se cobra por un hijo a cargo con discapacidad en 2026?

Entre 1.000 euros anuales, si el hijo es menor de 18 años con un grado igual o superior al 33%, y 8.942,40 euros anuales, si es mayor de 18 años con un grado igual o superior al 75% y necesita ayuda de otra persona para actos esenciales.

¿Hay límite de ingresos para cobrar la asignación por hijo a cargo con discapacidad?

No. A diferencia de otras prestaciones familiares de la Seguridad Social, esta asignación no exige un límite de ingresos al beneficiario; solo depende del grado de discapacidad reconocido y de la convivencia y dependencia económica del hijo o menor.

¿Quién puede solicitar la asignación por hijo a cargo con discapacidad?

Cualquier persona con residencia legal en España que tenga a su cargo un hijo, hijo en acogimiento familiar permanente o menor tutelado con fines de adopción, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.

¿La asignación por hijo a cargo con discapacidad se revisa cada año?

Las cuantías se actualizan anualmente conforme a la revalorización general de pensiones que aprueba el Gobierno, pero el reconocimiento del derecho se mantiene mientras se cumplan los requisitos, sin necesidad de solicitarlo de nuevo cada año.

Fuente: ISFAS - Ministerio de Defensa

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