Empleo con Apoyo para personas con discapacidad en Murcia: 305.600 euros más y plazo hasta el 6 de noviembre
El Empleo con Apoyo para personas con discapacidad en la Región de Murcia suma 305.600 euros más del SEF, con plazo de solicitud hasta el 6 de noviembre de 2026 para entidades sociales.
- El SEF (Servicio Regional de Empleo y Formación) de Murcia abre una segunda convocatoria de Empleo con Apoyo dotada con 305.600 euros.
- El plazo de solicitud está abierto hasta el 6 de noviembre de 2026, a través de la sede electrónica de la CARM.
- Pueden solicitarla entidades sin ánimo de lucro que acompañen a personas con discapacidad en su acceso al empleo ordinario.
- Con esta ampliación, la Región de Murcia destina ya 1.555.600 euros en 2026 a este programa, que prevé atender a cerca de 1.100 personas más.
El Empleo con Apoyo es un programa de la Región de Murcia que subvenciona a entidades sin ánimo de lucro para contratar técnicos especializados que acompañan a personas con discapacidad en su incorporación a empresas ordinarias, mediante orientación individualizada, búsqueda de empleo y seguimiento continuado en el puesto de trabajo durante dos o tres años.
Qué es el Empleo con Apoyo para personas con discapacidad
El Empleo con Apoyo (ECA) es una metodología de inserción laboral que combina orientación individualizada, búsqueda activa de empleo y acompañamiento continuado de un técnico especializado en el propio puesto de trabajo, en empresas ordinarias (no en centros especiales de empleo). En la Región de Murcia convive con los Gabinetes de Orientación e Inserción Laboral (GOIL), un recurso similar pero dirigido específicamente a personas con discapacidad física u orgánica, con itinerarios integrales de empleo. Juntos forman el programa regional de formas innovadoras de integración laboral de personas con discapacidad, gestionado por el Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF).
Segunda convocatoria del SEF: 305.600 euros y plazo hasta el 6 de noviembre
El SEF ha abierto una segunda convocatoria de subvenciones para el Empleo con Apoyo dotada con 305.600 euros, según consta en la resolución de la Dirección General del SEF publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) del 23 de octubre de 2026. El plazo de presentación de solicitudes permanece abierto hasta el 6 de noviembre de 2026, por lo que las entidades interesadas disponen de muy pocos días para completar la documentación. Con esta ampliación, la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social eleva a 1.555.600 euros el total destinado este año a este programa, sumando la convocatoria inicial de la primavera y este refuerzo de otoño.
Quién puede solicitar la subvención de Empleo con Apoyo en Murcia
No la solicitan las propias personas con discapacidad, sino entidades sin ánimo de lucro que después contratan a los técnicos especializados. Según detalla la Sede Electrónica de la Administración Pública de la CARM, los requisitos para las entidades solicitantes son:
- Tener sede y actividad en la Región de Murcia.
- Tener un objeto social directamente relacionado con la atención a personas con discapacidad.
- Contar con un convenio suscrito con el SEF o estar autorizada como agencia de colocación.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Presentar memoria descriptiva, currículums del personal técnico, IBAN y declaración responsable.
A qué personas con discapacidad beneficia el programa ECA-GOIL
El subprograma de Empleo con Apoyo está orientado a personas con parálisis cerebral, trastorno de salud mental, discapacidad intelectual, trastorno del espectro del autismo o discapacidad sensorial o física con un grado reconocido igual o superior al 65%. El subprograma GOIL, por su parte, se dirige específicamente a personas con discapacidad física u orgánica. En ambos casos, el acompañamiento individualizado en el puesto se mantiene durante tres años en el ECA y dos años en el GOIL, un periodo pensado para consolidar la contratación y prevenir el abandono del empleo. Con los fondos de esta segunda convocatoria, el SEF prevé contratar a once técnicos especializados que atenderán a cerca de 1.100 personas con discapacidad física u orgánica.
Cómo se tramita la solicitud de Empleo con Apoyo paso a paso
La tramitación se realiza de forma exclusivamente electrónica. La entidad interesada debe acceder a la sede electrónica de la CARM, identificarse con certificado digital y aportar la documentación exigida antes de que finalice el plazo:
- Acreditar que cumple los requisitos como entidad sin ánimo de lucro vinculada a la discapacidad.
- Presentar la memoria del proyecto y la relación de técnicos que se contratarán.
- Adjuntar certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Firmar electrónicamente y registrar la solicitud antes del 6 de noviembre de 2026.
La financiación cubre los costes directos de personal técnico, calculados según la tabla salarial del convenio colectivo de aplicación, más un 25% adicional para otros gastos necesarios del proyecto. Quienes quieran conocer otras convocatorias activas en toda España pueden consultar también nuestra sección de subvenciones y nuestro buscador de ayudas de Red Inclusiva.
Preguntas frecuentes sobre el Empleo con Apoyo en Murcia
¿Quién puede beneficiarse del Empleo con Apoyo en Murcia?
Personas con parálisis cerebral, trastorno de salud mental, discapacidad intelectual, autismo o discapacidad sensorial o física con grado igual o superior al 65%, a través de entidades sin ánimo de lucro que reciben la subvención.
¿Hasta cuándo se puede solicitar la subvención de Empleo con Apoyo 2026?
El plazo de esta segunda convocatoria, dotada con 305.600 euros, está abierto hasta el 6 de noviembre de 2026 a través de la sede electrónica de la Región de Murcia.
¿Cuánto dinero destina la Región de Murcia al Empleo con Apoyo en 2026?
Un total de 1.555.600 euros entre la convocatoria inicial y esta segunda ampliación de 305.600 euros publicada en octubre.
¿Qué diferencia hay entre el Empleo con Apoyo y un centro especial de empleo?
El Empleo con Apoyo acompaña a la persona con discapacidad en una empresa ordinaria mediante un técnico externo, mientras que el centro especial de empleo es la propia empresa empleadora, con una plantilla mayoritariamente formada por personas con discapacidad.
Red Inclusiva · Equipo editorial
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