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Jubilación anticipada por discapacidad: 11 nuevas enfermedades que dan acceso

Publica: Red Inclusiva Ámbito estatal Publicado 05/09/2026 · Actualizado 15/09/2026
Jubilación anticipada por discapacidad: 11 nuevas enfermedades que dan acceso

La jubilación anticipada por discapacidad suma 11 nuevas enfermedades, como párkinson o Huntington, y podrá adelantarse hasta los 56 años sin perder pensión.

  • El Real Decreto 632/2026 amplía a 11 el número de enfermedades que dan acceso a la jubilación anticipada por discapacidad.
  • Entre las nuevas patologías están el párkinson, el Huntington, la espina bífida y la esclerosis sistémica, entre otras.
  • Se exige un grado de discapacidad igual o superior al 45%, 15 años de cotización y 5 años afectado por la patología.
  • La medida, en vigor desde el 31 de julio de 2026, beneficiará a unas 50.000 personas que podrán jubilarse hasta los 56 años sin perder pensión.
La jubilación anticipada por discapacidad permite a los trabajadores con un grado de discapacidad igual o superior al 45%, afectados por determinadas enfermedades como el párkinson o la enfermedad de Huntington, adelantar su edad de jubilación hasta los 56 años sin reducir la cuantía de su pensión, siempre que acrediten los años de cotización exigidos.

Qué es la jubilación anticipada por discapacidad y qué cambia el nuevo decreto

La jubilación anticipada por discapacidad es una modalidad de la Seguridad Social que permite reducir la edad ordinaria de jubilación a las personas trabajadoras con un grado de discapacidad igual o superior al 45%, cuando su patología está reconocida oficialmente como causante de una reducción significativa de la esperanza de vida. El Real Decreto 632/2026, de 29 de julio, publicado en el BOE, modifica el anexo del Real Decreto 1851/2009 para ampliar el listado de enfermedades que dan derecho a esta jubilación anticipada, incorporando once nuevas patologías y ampliando el supuesto de lesión medular.

Qué enfermedades se han incorporado a la jubilación anticipada por discapacidad

Entre las nuevas patologías reconocidas se encuentran la enfermedad de Parkinson, la enfermedad de Huntington, la espina bífida, la amiloidosis por transtiretina variante y la distrofia miotónica tipo 1 (Steinert). Según confirma el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, se añaden también la degeneración corticobasal, la atrofia multisistémica, la parálisis supranuclear progresiva, la esclerosis sistémica y la enfermedad renal crónica en estadio G5. Además, el decreto amplía la lesión medular para incluir tanto los casos de origen traumático como no traumático.

  • Enfermedad de Parkinson.
  • Enfermedad de Huntington.
  • Espina bífida.
  • Amiloidosis por transtiretina variante.
  • Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert).
  • Degeneración corticobasal y atrofia multisistémica.
  • Parálisis supranuclear progresiva y esclerosis sistémica.
  • Enfermedad renal crónica en estadio G5.
  • Lesión medular, de origen traumático o no traumático.

Requisitos para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad

Para poder acogerse a esta jubilación anticipada no basta con padecer una de las patologías incluidas en el listado. Es necesario acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 45%, contar con un mínimo de 15 años de cotización a lo largo de la vida laboral y haber estado afectado por la enfermedad correspondiente, con ese grado de discapacidad, durante al menos 5 años. Cumplidos estos requisitos, la persona trabajadora puede adelantar su jubilación hasta los 56 años sin que ello suponga una reducción en la cuantía de la pensión, algo que sí ocurre en otras modalidades de jubilación anticipada voluntaria.

A cuántas personas beneficia la ampliación de la jubilación anticipada por discapacidad

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones estima que esta ampliación beneficiará a aproximadamente 50.000 personas con discapacidad igual o superior al 45% que padezcan alguna de las patologías incorporadas. La medida entró en vigor el 31 de julio de 2026, el día siguiente a su publicación en el BOE, y ya puede solicitarse ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Para conocer otras prestaciones y ayudas compatibles vinculadas al grado de discapacidad, se puede visitar la sección de ayudas de Red Inclusiva.

Preguntas frecuentes sobre la jubilación anticipada por discapacidad

¿Qué grado de discapacidad se necesita para la jubilación anticipada por discapacidad?

Se exige un grado de discapacidad igual o superior al 45%, además de padecer una de las patologías incluidas en el anexo del Real Decreto 1851/2009.

¿A qué edad se puede acceder a la jubilación anticipada por discapacidad?

Cumpliendo los requisitos de cotización y discapacidad exigidos, se puede adelantar la jubilación hasta los 56 años sin reducción en la cuantía de la pensión.

¿Cuántos años hay que estar afectado por la enfermedad para pedir la jubilación anticipada?

Es necesario haber estado afectado por la patología, con un grado de discapacidad igual o superior al 45%, durante al menos 5 años, además de acreditar 15 años de cotización.

¿Desde cuándo se puede solicitar la jubilación anticipada con las nuevas patologías?

Desde el 31 de julio de 2026, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 632/2026, que amplió el listado de enfermedades reconocidas.

Fuente: BOE / Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

Red Inclusiva · Equipo editorial

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