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Jubilación anticipada por discapacidad: el Gobierno amplía a 11 nuevas patologías el acceso

Publica: Red Inclusiva Ámbito estatal 30/07/2026
Jubilación anticipada por discapacidad: el Gobierno amplía a 11 nuevas patologías el acceso

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que incorpora once nuevas patologías, entre ellas el párkinson y la espina bífida, al listado que permite jubilarse a partir de los 56 años sin reducir la pensión, una medida que beneficiará a unas 50.000 personas con discapacidad.

En qué consiste la ampliación de la jubilación anticipada por discapacidad

El Consejo de Ministros aprobó el 28 de julio de 2026 un real decreto que amplía el catálogo de enfermedades que dan acceso a la jubilación anticipada por razón de discapacidad. La norma añade once nuevas patologías a la lista ya existente, ampliando así el número de trabajadores que podrán adelantar su edad de retiro sin que ello suponga una reducción en la cuantía de su pensión.

La medida entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Las 11 patologías incluidas en el nuevo listado oficial

Las enfermedades incorporadas al catálogo son las siguientes:

  • Espina bífida
  • Amiloidosis por transtiretina variante
  • Enfermedad de Párkinson
  • Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert)
  • Enfermedad de Huntington
  • Esclerosis sistémica
  • Lesión medular
  • Degeneración corticobasal
  • Atrofia multisistémica
  • Parálisis supranuclear progresiva
  • Enfermedad renal crónica estadio G5

Requisitos para acceder a la jubilación a los 56 años

Para poder acogerse a esta vía de jubilación anticipada, la persona trabajadora deberá cumplir varias condiciones:

  • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 45% asociado a alguna de las patologías del listado.
  • Acreditar un mínimo de 15 años de cotización a lo largo de su vida laboral.
  • Haber estado afectada por la patología durante al menos 5 años dentro de ese periodo cotizado.
  • Encontrarse en alta o en situación asimilada al alta en la fecha del hecho causante.

Cumpliendo estos requisitos, la edad mínima de acceso a la jubilación se sitúa en los 56 años, sin merma en el importe de la pensión.

Cuántas personas se beneficiarán de la medida

Según las estimaciones del Gobierno, la ampliación del listado beneficiará a aproximadamente 50.000 trabajadores con discapacidad que hasta ahora no podían acceder a esta modalidad de jubilación por no figurar su patología entre las reconocidas. La medida se enmarca en la revisión periódica del catálogo de enfermedades que realiza la Seguridad Social junto con criterios médicos actualizados.

Fuente: Infosalus.

Fuente: Infosalus

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