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Ley de igualdad de trato y no discriminación: qué protección da a las personas con discapacidad

Publica: Red Inclusiva Ámbito estatal Publicado 26/08/2026 · Actualizado 15/09/2026
Ley de igualdad de trato y no discriminación: qué protección da a las personas con discapacidad

La Ley 15/2022 de igualdad de trato y no discriminación protege a las personas con discapacidad frente a la discriminación en empleo y servicios.

  • La Ley 15/2022 es la primera norma general en España contra cualquier forma de discriminación, incluida la discapacidad.
  • Considera discriminación directa denegar los ajustes razonables que necesita una persona con discapacidad.
  • Reconoce el derecho a la nulidad de los actos discriminatorios, a su cese y a una indemnización por daños materiales y morales.
  • El CERMI denuncia que la Autoridad Independiente prevista por la ley, que debía crearse en seis meses, sigue sin estar operativa.
La ley de igualdad de trato y no discriminación es la Ley 15/2022, que protege a las personas con discapacidad, junto a otros colectivos, frente a cualquier discriminación directa o indirecta, considerando discriminatoria la denegación de ajustes razonables y reconociendo el derecho a indemnización y a la nulidad de los actos discriminatorios.

Qué es la ley de igualdad de trato y no discriminación

La ley de igualdad de trato y no discriminación es la Ley 15/2022, de 12 de julio, publicada en el BOE del 13 de julio de 2022 y en vigor desde el día siguiente. A diferencia de la Ley General de Discapacidad, que regula derechos específicos de este colectivo, la Ley 15/2022 es una norma general y transversal: se aplica a cualquier persona, sea cual sea el motivo de la discriminación que sufra, y complementa a las leyes sectoriales ya existentes en materia de discapacidad, género o edad, reforzando las garantías frente a la vulneración de derechos.

Motivos de discriminación protegidos por la Ley 15/2022 y la discapacidad

La ley protege frente a la discriminación por nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, expresión de género, enfermedad o condición de salud, estado serológico y predisposición genética, lengua, situación socioeconómica y cualquier otra condición o circunstancia personal o social. En el caso de la discapacidad, la ley da un paso más allá de la prohibición genérica de discriminar:

  • Considera discriminación directa denegar los ajustes razonables que una persona con discapacidad necesita para participar en igualdad de condiciones.
  • Reconoce como discriminación indirecta cualquier disposición, criterio o práctica aparentemente neutra que perjudique a las personas con discapacidad frente a otras.
  • Protege frente al acoso discriminatorio, la inducción a discriminar y las represalias contra quien denuncia.

Qué son los ajustes razonables y por qué denegarlos es discriminación según la Ley 15/2022

Los ajustes razonables son las modificaciones necesarias y adecuadas del entorno físico, social o actitudinal para garantizar que una persona con discapacidad pueda participar en igualdad de condiciones, por ejemplo adaptando un puesto de trabajo o un procedimiento administrativo. Al considerar su denegación como discriminación directa, la Ley 15/2022 obliga a empresas y administraciones a justificar por qué no los aplican, y no solo a la persona afectada a demostrar que los necesitaba.

Qué garantías y medidas de protección ofrece la Ley 15/2022

El Título II de la ley regula las garantías del derecho a la igualdad de trato. Los actos y las cláusulas discriminatorias son nulos de pleno derecho, y la persona afectada puede solicitar el cese de la conducta discriminatoria, la reparación del daño y una indemnización por los daños materiales y morales sufridos, incluso cuando no exista un daño económico directo y cuantificable.

La Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación

La Ley 15/2022 crea la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, un organismo que debía quedar constituido en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley para atender consultas y quejas de cualquier persona, incluidas las personas con discapacidad. Sin embargo, el CERMI ha denunciado que ese plazo se ha visto ampliamente superado sin que la Autoridad esté operativa, algo que considera un incumplimiento que limita en la práctica el desarrollo efectivo de la ley.

Cómo denunciar una discriminación por discapacidad al amparo de la Ley 15/2022

Mientras la Autoridad Independiente no esté plenamente operativa, una persona con discapacidad que sufra discriminación puede acudir a la vía administrativa o judicial ordinaria, apoyándose tanto en la Ley 15/2022 como en el régimen de infracciones y sanciones de la Ley General de Discapacidad. Entidades como el CERMI ofrecen asesoramiento jurídico especializado, y Red Inclusiva recoge en su sección de guías información práctica sobre derechos y trámites, además de mantener actualizada la actualidad normativa del sector.

Preguntas frecuentes sobre la ley de igualdad de trato y no discriminación

¿La Ley 15/2022 sustituye a la Ley General de Discapacidad?

No. La Ley 15/2022 es una norma general de protección frente a cualquier discriminación, mientras que la Ley General de Discapacidad regula derechos específicos de las personas con discapacidad. Ambas se aplican de forma complementaria.

¿Qué se considera discriminación indirecta según la Ley 15/2022?

Cualquier disposición, criterio o práctica aparentemente neutra que, en la práctica, perjudique de forma desproporcionada a las personas con discapacidad u otro colectivo protegido frente a las demás personas.

¿Ya funciona la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato?

Según ha denunciado el CERMI, la Autoridad sigue sin estar plenamente constituida años después de que la ley fijara un plazo de seis meses para su creación.

¿Puedo reclamar una indemnización si sufro discriminación por discapacidad?

Sí. La Ley 15/2022 reconoce expresamente el derecho a una indemnización por los daños materiales y morales causados por un acto discriminatorio, además de la nulidad de dicho acto y su cese.

Fuente: BOE (Ley 15/2022)

Red Inclusiva · Equipo editorial

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