Cuota de reserva de empleo para personas con discapacidad: el Congreso endurece las sanciones
La cuota de reserva de empleo para personas con discapacidad, del 2% en empresas de 50 o más trabajadores, tendrá sanciones más duras tras la reforma del Congreso.
- La cuota de reserva de empleo obliga a las empresas de 50 o más trabajadores a reservar al menos el 2% de sus puestos a personas con discapacidad.
- El Congreso aprobó el 24 de julio de 2026, en Comisión, elevar el incumplimiento de infracción grave a muy grave, con el texto ya remitido al Senado.
- Se estima que en torno al 80% de las empresas obligadas todavía no cumple esta reserva de empleo.
- La reforma refuerza también los controles para que las empresas acrediten el cumplimiento de la cuota en sus relaciones con las administraciones públicas.
Qué es la cuota de reserva de empleo para personas con discapacidad
Es la obligación legal, recogida en la Ley General de derechos de las personas con discapacidad, por la que las empresas públicas y privadas con 50 o más trabajadores deben reservar al menos el 2% de su plantilla a personas con discapacidad. Esta reserva puede cumplirse mediante contratación directa o, en determinados supuestos, a través de medidas alternativas autorizadas por la administración laboral. El objetivo de la cuota es garantizar el acceso al empleo ordinario de las personas con discapacidad y combatir su sobrerrepresentación en el desempleo y la inactividad laboral.
Cómo cambian las sanciones por incumplir la cuota de reserva de empleo
Cambian porque el incumplimiento de la cuota de reserva de empleo deja de calificarse como infracción "grave" para pasar a considerarse infracción "muy grave" en el orden social, lo que implica sanciones económicas más elevadas y consecuencias adicionales para las empresas incumplidoras. La reforma, aprobada por la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión y Seguridad Social del Congreso el 24 de julio de 2026, refuerza también las garantías para que las empresas obligadas acrediten de forma efectiva el cumplimiento de esta reserva en sus relaciones con las administraciones públicas, entre ellas la contratación pública y el acceso a subvenciones.
La cuota de reserva de empleo para personas con discapacidad es la obligación de las empresas de 50 o más trabajadores de destinar al menos el 2% de sus puestos de trabajo a personas con discapacidad, ya sea mediante contratación directa o medidas alternativas autorizadas.
Por qué se reforma la ley: el incumplimiento de la cuota en las empresas españolas
La reforma responde a un incumplimiento generalizado de esta obligación legal: se estima que alrededor del 80% de las empresas obligadas todavía no cumple la cuota de reserva de empleo para personas con discapacidad, pese a que la norma lleva décadas en vigor. Ante este escenario, el Congreso admitió a trámite en agosto de 2025 una proposición de ley para modificar el régimen sancionador, con el objetivo de dotar de mayor eficacia disuasoria a una obligación que, hasta ahora, muchas empresas asumían como un coste asumible frente a las sanciones vigentes. El refuerzo de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, con campañas específicas de control sobre esta materia, es otro de los ejes de la reforma.
Qué pasos quedan para que la reforma de la cuota de reserva entre en vigor
Tras su aprobación en la Comisión de Trabajo del Congreso con competencia legislativa plena, el texto ha sido remitido al Senado para continuar su tramitación parlamentaria. Una vez superado ese trámite y, en su caso, incorporadas las enmiendas que pudiera introducir la Cámara Alta, la norma deberá volver al Congreso para su aprobación definitiva antes de su publicación en el BOE y su entrada en vigor. Las empresas y profesionales de recursos humanos pueden seguir la evolución de esta y otras reformas en materia de empleo y discapacidad en nuestra sección de profesionales.
Medidas alternativas a la cuota de reserva de empleo para personas con discapacidad
Cuando una empresa no puede cumplir la cuota mediante contratación directa por causas debidamente justificadas, la normativa vigente permite recurrir a medidas alternativas, como la celebración de contratos mercantiles o civiles con centros especiales de empleo, donaciones a fundaciones o asociaciones de utilidad pública cuyo objeto social sea la inserción laboral de personas con discapacidad, o la creación de un enclave laboral. Estas vías, sin embargo, tienen carácter excepcional y requieren autorización previa de la administración laboral, precisamente para evitar que se conviertan en la norma general en lugar de la contratación directa. Se pueden consultar recursos y trámites relacionados en nuestra sección de guías de Red Inclusiva.
Preguntas frecuentes sobre la cuota de reserva de empleo para personas con discapacidad
¿Qué empresas están obligadas a cumplir la cuota de reserva de empleo?
Las empresas públicas y privadas con una plantilla de 50 o más trabajadores, que deben reservar al menos el 2% de sus puestos a personas con discapacidad.
¿Cuánto puede costar a una empresa incumplir la cuota de reserva de empleo?
La reforma en tramitación reclasifica el incumplimiento como infracción muy grave, lo que eleva las sanciones económicas respecto a la calificación de infracción grave anterior, aunque el importe definitivo dependerá del texto final aprobado en el Senado.
¿Se puede cumplir la cuota de reserva sin contratar directamente a personas con discapacidad?
Sí, de forma excepcional y con autorización previa, mediante medidas alternativas como contratos con centros especiales de empleo, donaciones a entidades de utilidad pública o la creación de un enclave laboral.
¿Cuándo entrará en vigor el endurecimiento de las sanciones?
Todavía no hay fecha, ya que el texto se encuentra en tramitación en el Senado tras su aprobación en el Congreso el 24 de julio de 2026, y deberá completar el proceso legislativo antes de su publicación en el BOE.
Fuente: FIAPAS