Cuota de reserva de empleo público para personas con discapacidad: así funciona el 10%
La cuota de reserva de empleo público para personas con discapacidad subió del 7% al 10% en 2023, con un mínimo del 2% para discapacidad intelectual.
- El Real Decreto-ley 6/2023 elevó del 7% al 10% la cuota de reserva de plazas para personas con discapacidad en las ofertas de empleo público estatal.
- De ese 10%, al menos un 2% debe destinarse a personas con discapacidad intelectual y el resto a cualquier otro tipo de discapacidad.
- Para acceder a esta reserva hace falta acreditar un grado de discapacidad reconocido y la compatibilidad con las funciones del puesto.
- Las personas opositoras con discapacidad tienen derecho a adaptaciones de tiempo y medios en los procesos selectivos.
La cuota de reserva de empleo público para personas con discapacidad es el porcentaje de plazas que cada oferta de empleo público debe destinar a personas con discapacidad que superen el proceso selectivo; desde el Real Decreto-ley 6/2023 este porcentaje es de al menos un 10%, con un mínimo del 2% para discapacidad intelectual.
Qué es la cuota de reserva de empleo público para personas con discapacidad
La cuota de reserva de empleo público es el porcentaje de plazas que, por ley, deben ofertarse específicamente para ser cubiertas por personas con discapacidad que superen las pruebas selectivas y acrediten la compatibilidad de su discapacidad con las tareas del puesto. Esta reserva convive con el cupo de reserva del 2% en empresas privadas de 50 o más trabajadores que fija la Ley General de Discapacidad, pero se aplica específicamente a las administraciones públicas: Administración General del Estado, comunidades autónomas, ayuntamientos y organismos dependientes.
Del 7% al 10%: así cambió la reserva de plazas en las ofertas de empleo público
Hasta 2023, la reserva mínima de plazas de empleo público para personas con discapacidad era del 7%. El Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, publicado en el BOE del 20 de diciembre de 2023, elevó ese mínimo al 10% de las plazas convocadas en cada oferta de empleo público, con el objetivo de que, progresivamente, las personas con discapacidad lleguen a representar el 2% de los efectivos totales de la Administración del Estado. El CERMI celebró este incremento de tres puntos porcentuales tras años reclamándolo desde la plataforma de la discapacidad, subrayando que amplía de forma directa las oportunidades de acceso a la función pública.
Cómo se distribuye la cuota de reserva entre tipos de discapacidad
El 10% de reserva no se aplica de forma homogénea: la norma exige que, como mínimo, un 2% de las plazas ofertadas se destine a personas que acrediten discapacidad intelectual, mientras que el resto del cupo, hasta completar el 10%, puede cubrirse con personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad física, sensorial o mental.
- Mínimo 10% de las plazas convocadas en cada oferta de empleo público.
- De ese 10%, al menos dos puntos porcentuales reservados a discapacidad intelectual.
- El resto del cupo, abierto a cualquier otro tipo de discapacidad acreditada.
- Objetivo a medio plazo: que las personas con discapacidad alcancen el 2% de la plantilla total de la Administración del Estado.
Requisitos y adaptaciones para opositar por el cupo de discapacidad
Para presentarse a una convocatoria por el turno de reserva de discapacidad hace falta, con carácter general, acreditar un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% mediante el certificado oficial emitido por el organismo competente de la comunidad autónoma, y superar las mismas pruebas selectivas que el resto de personas aspirantes, además de acreditar la compatibilidad de la discapacidad con el desempeño de las funciones del puesto. La normativa reconoce además el derecho a solicitar adaptaciones de tiempos y medios en los exámenes: desde tiempo adicional hasta cambios en el formato de las pruebas, intérpretes de lengua de signos o materiales en formatos accesibles. El Real Decreto-ley 6/2023 también impulsó la creación de unidades de inclusión del personal con discapacidad en cada ministerio, encargadas de apoyar la incorporación y el desarrollo profesional de estas personas trabajadoras. Para conocer otros recursos de apoyo al empleo, puede consultarse nuestra sección de ayudas de Red Inclusiva.
Preguntas frecuentes sobre la cuota de reserva de empleo público
¿Qué grado de discapacidad hace falta para acceder al cupo de reserva de empleo público?
Con carácter general, se exige un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, acreditado mediante certificado oficial, además de compatibilidad con las funciones del puesto convocado.
¿La cuota de reserva del 10% se aplica también en comunidades autónomas y ayuntamientos?
El 10% es el mínimo fijado para la Administración General del Estado; muchas comunidades autónomas y ayuntamientos ya aplican o están adaptando porcentajes similares en sus propias ofertas de empleo público.
¿Qué pasa si no se cubren todas las plazas reservadas para discapacidad?
Si una convocatoria no logra cubrir todas las plazas del cupo de reserva por falta de personas aspirantes que superen el proceso, las plazas vacantes suelen acumularse al turno general, según la regulación de cada convocatoria.
Fuente: BOE
Red Inclusiva · Equipo editorial
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