Pensión no contributiva de invalidez en 2026: cuantía de 628,80 € al mes, requisitos y cómo solicitarla
La pensión no contributiva de invalidez sube a 8.803,20 € al año en 2026, un 11,4% más. Requisitos de ingresos, complementos y cómo solicitarla.
- A quién afecta: personas de entre 18 y 65 años con un grado de discapacidad igual o superior al 65% y sin ingresos suficientes.
- Cuánto: 628,80 € al mes (8.803,20 € al año) en 14 pagas; hasta 943,20 € al mes con el complemento por necesitar ayuda de otra persona.
- Plazo: se puede pedir en cualquier momento del año, sin convocatoria ni fecha límite.
- Cómo: solicitud en los Servicios Sociales de la comunidad autónoma de residencia o en el Imserso si se vive en Ceuta o Melilla.
La pensión no contributiva de invalidez para 2026 asciende a 628,80 euros mensuales (8.803,20 euros al año) en 14 pagas, un 11,4% más que en 2025, y puede llegar a 943,20 euros al mes si el beneficiario tiene un grado de discapacidad igual o superior al 75% y necesita ayuda de otra persona.
Cuantía de la pensión no contributiva de invalidez en 2026
La pensión no contributiva (PNC) de invalidez queda fijada en 8.803,20 euros al año para 2026, lo que equivale a 628,80 euros mensuales repartidos en 14 pagas. La cifra supone un incremento del 11,4% respecto a los 7.905,80 euros anuales de 2025, muy por encima del 2,70% de revalorización general aplicado a las pensiones contributivas. El importe para 2026 quedó establecido en el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, y se confirmó después en el Real Decreto 39/2026, de 21 de enero, de revalorización de pensiones.
Quien conviva con otros beneficiarios de pensiones no contributivas en el mismo hogar puede ver reducida la cuantía individual, ya que la normativa aplica un ajuste cuando varias personas de la unidad económica perciben este tipo de pensión a la vez.
Requisitos para cobrar la pensión no contributiva de invalidez
Para acceder a la pensión no contributiva de invalidez hay que cumplir de forma simultánea requisitos de edad, grado de discapacidad, residencia y carencia de rentas.
Edad y grado de discapacidad exigidos para la pensión no contributiva de invalidez
Pueden solicitarla las personas de entre 18 y 65 años con un grado de discapacidad o enfermedad crónica reconocido igual o superior al 65%. Además, hay que residir legalmente en España y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
Límite de ingresos y patrimonio para la pensión no contributiva de invalidez
No basta con acreditar el grado de discapacidad: también hay que demostrar carencia de rentas. En 2026 se considera que no hay ingresos suficientes cuando estos son inferiores a la cuantía íntegra de la pensión, es decir, 8.803,20 euros al año para quien vive solo. Si existen más miembros en la unidad familiar, el límite conjunto de ingresos sube de forma escalonada:
- 2 personas en la unidad familiar: 14.965,44 € al año.
- 3 personas: 21.127,68 € al año.
- 4 personas: 27.289,92 € al año.
- 5 personas: 33.452,16 € al año.
Complementos que aumentan la cuantía de la pensión no contributiva de invalidez
La cuantía básica no es la única posible: dos complementos distintos pueden aumentar lo que percibe cada beneficiario de la pensión no contributiva de invalidez.
Grado de discapacidad del 75% y necesidad de ayuda de otra persona: complemento del 50%
Quienes tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 75% y necesitan el concurso de otra persona para las actividades más esenciales de la vida diaria (vestirse, desplazarse, comer) reciben un complemento del 50% sobre la cuantía íntegra. Ese complemento eleva la pensión hasta 13.204,80 euros al año, es decir, 943,20 euros al mes en 14 pagas.
Complemento de alquiler de vivienda: 525 euros adicionales al año
Los beneficiarios de la pensión no contributiva que vivan en una vivienda alquilada y cumplan los requisitos establecidos pueden sumar un complemento de 525 euros anuales, una cuantía vigente desde la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2023 que el Imserso mantiene también para 2026.
Cómo y dónde solicitar la pensión no contributiva de invalidez
La solicitud puede presentarse en cualquier momento del año, ya que no se trata de una convocatoria con plazo cerrado. Según el Imserso, la pensión se pide en:
- Los Servicios Sociales de la comunidad autónoma de residencia, que son quienes gestionan y reconocen el derecho en la mayoría del territorio.
- El Imserso, si la persona solicitante reside en Ceuta o Melilla.
- Cualquier oficina de la Seguridad Social, donde se facilita el impreso correspondiente aunque la resolución final dependa del organismo competente.
También puede tramitarse de forma electrónica a través del registro de las administraciones públicas. En todos los casos conviene adjuntar la documentación acreditativa del grado de discapacidad y de los ingresos y el patrimonio de la unidad familiar, ya que son la base sobre la que se revisa el derecho cada año.
Preguntas frecuentes sobre la pensión no contributiva de invalidez
¿Es compatible la pensión no contributiva de invalidez con un trabajo?
Sí, pero con límites: los ingresos que se obtengan, sumados a la pensión, no pueden superar el límite de rentas aplicable a la unidad familiar, por lo que superar ese umbral puede reducir o suspender el pago.
¿Hay que renovar la pensión no contributiva de invalidez cada año?
No hay que presentar una nueva solicitud, pero el organismo gestor revisa anualmente los ingresos y el patrimonio declarados para comprobar que se sigue cumpliendo el requisito de carencia de rentas.
¿Qué diferencia hay entre la pensión no contributiva y la contributiva de incapacidad?
La no contributiva no exige haber cotizado a la Seguridad Social y depende de carecer de rentas suficientes, mientras que la contributiva se calcula a partir de las bases de cotización previas de la persona beneficiaria.
¿Puedo cobrar la pensión no contributiva de invalidez si tengo patrimonio pero no ingresos?
El patrimonio también se tiene en cuenta: aunque no existan rentas directas, determinados bienes o rendimientos del patrimonio pueden computarse como ingresos a efectos de este requisito.
Fuente: IMSERSO
Red Inclusiva · Equipo editorial
Red Inclusiva es una plataforma española especializada en información práctica sobre discapacidad: ayudas, subvenciones, derechos y recursos para personas con discapacidad, sus familias y los profesionales del sector.
Sobre Red Inclusiva →También te puede interesar
Asistencia jurídica gratuita para personas con discapacidad: qué cambia el nuevo Real Decreto
NoticiaDesigualdad territorial en discapacidad: el CERMI denuncia en Canarias que el código postal condiciona los derechos
NoticiaPrestación CUME y discapacidad: así amplía el Real Decreto-ley 31/2026 la ayuda por cuidado de menores con cáncer