Reforma de los Centros Especiales de Empleo: qué cambia en la relación laboral de las personas con discapacidad
La reforma de los Centros Especiales de Empleo actualizará la relación laboral especial de las personas con discapacidad, regulada desde 1985, con nuevas garantías frente a la discriminación y mejores vías hacia el empleo ordinario.
- El Ministerio de Trabajo y Economía Social tramita un nuevo Real Decreto que sustituirá al de 1985 sobre la relación laboral especial en los Centros Especiales de Empleo.
- La consulta pública previa se abrió del 14 al 28 de noviembre de 2025 y busca adaptar la norma a un enfoque de derechos humanos.
- Un Centro Especial de Empleo debe tener, como mínimo, un 70% de su plantilla formada por personas con discapacidad.
- El Libro Blanco de Empleo y Discapacidad, elaborado con CERMI y Fundación ONCE, es la base técnica de la reforma.
Un Centro Especial de Empleo es una empresa cuyo objetivo principal es dar un trabajo productivo y remunerado a personas con discapacidad, con al menos el 70% de su plantilla formada por trabajadores con discapacidad, y cuya relación laboral se rige por una normativa especial que el Gobierno está reformando para adaptarla a los derechos actuales.
Qué son los Centros Especiales de Empleo y qué relación laboral especial regula la ley
Un Centro Especial de Empleo (CEE) es una empresa cuyo objetivo principal es ofrecer un empleo productivo y remunerado a personas con discapacidad, participando además en el mercado como cualquier otra empresa. La relación laboral entre estas personas trabajadoras y el CEE no se rige por el contrato ordinario del Estatuto de los Trabajadores, sino por una relación laboral de carácter especial, pensada para adaptar las condiciones de trabajo a las necesidades de cada persona, con periodos de adaptación y garantías específicas de salud y seguridad laboral.
Por qué el Real Decreto de 1985 sobre Centros Especiales de Empleo se ha quedado obsoleto
La norma vigente, el Real Decreto 1368/1985, tiene cuarenta años y regula aspectos como el periodo de adaptación-prueba (de hasta seis meses), la jornada laboral, la prohibición de horas extraordinarias salvo para prevenir siniestros, o el derecho a ausentarse del trabajo hasta diez días al semestre para recibir tratamientos de rehabilitación. Según el Libro Blanco de Empleo y Discapacidad, los cambios normativos, sociales y tecnológicos de las últimas cuatro décadas han dejado esta regulación obsoleta y sin la sistematización jurídica necesaria, con deficiencias que afectan al acceso, la permanencia y la calidad del empleo de las personas con discapacidad en estos centros.
Qué cambios plantea la reforma de la relación laboral en los Centros Especiales de Empleo
El nuevo Real Decreto, cuya consulta pública previa impulsó el Ministerio de Trabajo y Economía Social entre el 14 y el 28 de noviembre de 2025, tiene como objetivo sustituir por completo al de 1985. Entre sus principales líneas de trabajo destacan:
- Adaptar la relación laboral especial a un enfoque de derechos humanos, en línea con la reforma constitucional y la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
- Mejorar las condiciones de trabajo y adaptar los puestos a las necesidades individuales de cada persona trabajadora.
- Crear itinerarios que faciliten el tránsito al empleo ordinario desde el empleo protegido.
- Reforzar la formación profesional dentro de los Centros Especiales de Empleo.
- Blindar la protección frente a prácticas discriminatorias en el acceso, la permanencia y la promoción laboral.
Qué es el Libro Blanco de Empleo y Discapacidad y qué papel juega en la reforma
El Libro Blanco de Empleo y Discapacidad es el documento técnico elaborado conjuntamente por el Ministerio de Derechos Sociales, el Ministerio de Trabajo y Economía Social, el SEPE, Fundación ONCE y el CERMI, que sirve de base para orientar los futuros cambios legislativos y de política pública sobre empleo y derecho al trabajo de las personas con discapacidad en España. El documento identifica como principales problemas la obsolescencia normativa, la ambigüedad en la definición de la relación laboral especial y las carencias en las garantías de igualdad y no discriminación, y plantea propuestas concretas que ahora se trasladan al proceso de reforma en marcha.
Qué requisitos debe cumplir hoy un Centro Especial de Empleo para contratar a personas con discapacidad
Mientras avanza la reforma, siguen vigentes los requisitos que fija la Ley General de derechos de las personas con discapacidad. Su artículo 43 establece que la plantilla de un Centro Especial de Empleo debe estar formada por el mayor número de personas con discapacidad que permita la naturaleza del proceso productivo y, en todo caso, por al menos el 70% de dicha plantilla, sin contar al personal no discapacitado dedicado a los servicios de ajuste personal y social. Estos servicios de ajuste son los que ayudan a superar las barreras u obstáculos que encuentran las personas con discapacidad al incorporarse, mantenerse y progresar en su puesto de trabajo. Quien quiera conocer incentivos y bonificaciones vinculados a la contratación en Centros Especiales de Empleo puede consultar nuestra sección de ayudas y nuestra sección de subvenciones de Red Inclusiva.
Preguntas frecuentes sobre la reforma de los Centros Especiales de Empleo
¿Qué norma regula hoy la relación laboral en los Centros Especiales de Empleo?
El Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, que sigue vigente con modificaciones posteriores mientras se tramita la nueva norma que lo sustituirá.
¿Cuándo se abrió la consulta pública sobre la reforma de los Centros Especiales de Empleo?
El Ministerio de Trabajo y Economía Social abrió la consulta pública previa del 14 al 28 de noviembre de 2025, como paso inicial antes de redactar el nuevo Real Decreto.
¿Qué porcentaje de la plantilla de un Centro Especial de Empleo debe tener discapacidad?
Como mínimo el 70% de la plantilla debe estar formada por personas con discapacidad, según el artículo 43 de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad.
¿La reforma busca facilitar el paso al empleo ordinario?
Sí, uno de sus objetivos es crear itinerarios que faciliten el tránsito de las personas con discapacidad desde el empleo protegido en Centros Especiales de Empleo hacia empresas del mercado ordinario.
Red Inclusiva · Equipo editorial
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