Cuota de empleo para personas con discapacidad: la reforma que endurece las sanciones llega al Senado
La cuota de empleo para personas con discapacidad podrá sancionarse con hasta 225.018 euros: el Senado debate la reforma ya aprobada por el Congreso.
- A quién afecta: empresas públicas y privadas de 50 o más trabajadores obligadas a reservar el 2% de sus puestos a personas con discapacidad.
- Cuánto: las multas pasarán de un tope actual de 7.500 euros a un rango de entre 7.501 y 225.018 euros.
- Plazo: el Congreso aprobó el texto el 23 de julio de 2026; el Senado dictaminó las enmiendas a finales de septiembre de 2026.
- Cómo: las empresas sancionadas podrán quedar excluidas de subvenciones públicas y de la contratación con las administraciones.
La cuota de empleo para personas con discapacidad —el 2% obligatorio en empresas de 50 o más trabajadores— pasará a sancionarse como infracción muy grave, con multas de entre 7.501 y 225.018 euros, si prospera la reforma que el Congreso aprobó en julio de 2026 y que el Senado tramita con enmiendas desde septiembre.
Qué cambia en la cuota de empleo para personas con discapacidad
La obligación en sí no cambia: el artículo 42 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social sigue exigiendo que las empresas públicas y privadas con 50 o más trabajadores reserven al menos el 2% de sus puestos a personas con discapacidad. Lo que se endurece es el régimen sancionador cuando esa obligación se incumple. La Proposición de Ley para el impulso de la inclusión laboral de las personas con discapacidad a través de la cuota de reserva de empleo en las empresas, impulsada por el diputado socialista Emilio Sáez Cruz, reclasifica el incumplimiento de esta cuota, pasando de infracción grave a infracción muy grave dentro de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS).
Las empresas siguen pudiendo optar por las medidas alternativas ya existentes en lugar de la contratación directa, siempre que cuenten con autorización previa: entre ellas, contratos mercantiles o civiles con centros especiales de empleo o trabajadores autónomos con discapacidad, donaciones a fundaciones o asociaciones dedicadas a su inserción laboral, o la creación de enclaves laborales. Lo que endurece la reforma es precisamente el control sobre quién recurre a estas alternativas sin justificación real.
Nuevas sanciones a las empresas que incumplan la cuota de reserva
Al convertirse en infracción muy grave, la multa máxima por no cumplir la cuota de reserva deja de tener un tope de 7.500 euros y pasa a moverse en la horquilla que la LISOS reserva a las infracciones más graves del orden social.
Grados de la sanción muy grave: de 7.501 a 225.018 euros según la gravedad
La nueva multa se dividirá, como el resto de infracciones muy graves, en tres grados: mínimo (de 7.501 a 30.000 euros), medio (de 30.001 a 120.005 euros) y máximo (de 120.006 a 225.018 euros), en función de factores como la reincidencia, el tamaño de la empresa o el número de puestos que debería haber reservado y no reservó.
En qué fase de tramitación está la reforma: el Senado debate las enmiendas
El Congreso de los Diputados aprobó el texto el 23 de julio de 2026 en la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, con competencia legislativa plena, lo que evitó el paso por el pleno. Desde entonces la iniciativa está en el Senado, donde la Comisión de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 abordó a finales de septiembre de 2026 el dictamen del texto tras recibir 14 enmiendas de tres grupos parlamentarios: tres del PNV, seis de Izquierda por la Independencia (ERC-EH Bildu) y cinco del Grupo Popular.
- El PNV propone vincular incentivos al cumplimiento y restringir el acceso a subvenciones a las empresas sancionadas.
- ERC y EH Bildu piden reforzar la inspección y las campañas de sensibilización.
- El PP plantea modular infracciones y sanciones según la reincidencia y la capacidad real de cumplimiento de cada empresa.
Tras el dictamen en comisión, el texto deberá pasar por el pleno del Senado; si se incorpora alguna enmienda, regresará al Congreso para su aprobación definitiva antes de publicarse en el BOE.
Otra consecuencia: quedarse sin subvenciones ni contratos públicos
Más allá de la multa económica, la reforma prevé que las empresas sancionadas por incumplir la cuota de reserva puedan quedar excluidas de determinadas subvenciones públicas y deban acreditar el cumplimiento de esta obligación para poder optar a contratos con las administraciones públicas. El CERMI ha pedido al Senado ir más allá y que la comprobación del cumplimiento sea previa a la concesión de cualquier ayuda: es decir, que una empresa obligada por ley no pueda cobrar subvenciones si antes no demuestra que reserva empleo para personas con discapacidad o aplica correctamente una medida alternativa.
Por qué ocho de cada diez empresas obligadas siguen sin cumplir
La reforma responde a un diagnóstico compartido por el CERMI y los grupos parlamentarios: se calcula que en torno al 80% de las empresas obligadas no cumple hoy la cuota de reserva del 2%, pese a ser una obligación legal vigente desde hace décadas. Junto al endurecimiento de las multas, el texto prevé reforzar la Inspección de Trabajo con campañas específicas de control durante al menos tres años, precisamente para revertir ese incumplimiento generalizado.
Preguntas frecuentes sobre la cuota de empleo para personas con discapacidad
¿A qué empresas afecta la cuota de empleo para personas con discapacidad?
A todas las empresas públicas y privadas que empleen a 50 o más trabajadores, contando la plantilla total de todos sus centros de trabajo.
¿Cuánto puede costar incumplir la cuota de reserva de empleo?
Si se confirma la reforma, entre 7.501 y 225.018 euros, frente al tope actual de 7.500 euros, según el grado de la infracción.
¿Puede una empresa cumplir sin contratar directamente a personas con discapacidad?
Sí, mediante medidas alternativas autorizadas previamente, como contratos con centros especiales de empleo, donaciones a entidades del sector o enclaves laborales.
¿Cuándo entrará en vigor el nuevo régimen de sanciones?
Todavía no hay fecha: el texto debe superar el pleno del Senado y, si se modifica, volver al Congreso antes de publicarse en el BOE.
Fuente: Discapnet
Red Inclusiva · Equipo editorial
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