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Empleo con apoyo y centros especiales de empleo: cómo acceder al empleo con discapacidad

Publica: Red Inclusiva Ámbito estatal Publicado 01/09/2026 · Actualizado 15/09/2026
Empleo con apoyo y centros especiales de empleo: cómo acceder al empleo con discapacidad

El empleo con apoyo y los centros especiales de empleo son las dos vías principales para acceder al mercado laboral cuando se tiene una discapacidad reconocida en España.

  • El empleo con apoyo ayuda a personas con discapacidad a trabajar en empresas ordinarias mediante el acompañamiento de un preparador laboral.
  • Los centros especiales de empleo son empresas con al menos un 70% de plantilla con discapacidad, según el artículo 43 del RDL 1/2013.
  • El acceso está dirigido principalmente a personas con discapacidad intelectual, enfermedad mental o parálisis cerebral (33% o más) y discapacidad física o sensorial (65% o más).
  • Las empresas de 50 o más trabajadores están obligadas a reservar un mínimo del 2% de sus puestos a personas con discapacidad.
El empleo con apoyo consiste en acciones de orientación y acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo, prestadas por preparadores laborales especializados, para que una persona con discapacidad se integre en una empresa ordinaria en condiciones equivalentes al resto de trabajadores; es una alternativa complementaria a trabajar en un centro especial de empleo.

Qué es el empleo con apoyo en el mercado ordinario de trabajo

El empleo con apoyo es un conjunto de acciones de orientación y acompañamiento individualizado que se presta a una persona con discapacidad dentro de una empresa ordinaria, para que pueda desempeñar su puesto en condiciones equivalentes a las del resto de la plantilla. Así lo define el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que lo distingue de los centros especiales de empleo precisamente porque el puesto de trabajo se desarrolla en el mercado laboral normalizado, no en una empresa protegida.

El preparador laboral: figura clave del empleo con apoyo

La pieza central del empleo con apoyo es el preparador laboral, un profesional especializado que acompaña a la persona con discapacidad durante su incorporación al puesto, adaptando la formación y el seguimiento a sus necesidades concretas. Este apoyo no termina el primer día: se mantiene mientras sea necesario para consolidar la adaptación social y laboral del trabajador, y se va reduciendo de forma progresiva a medida que gana autonomía en su puesto.

Qué son los centros especiales de empleo y qué plantilla exigen

Un centro especial de empleo (CEE) es una empresa cuyo objetivo principal es garantizar un empleo remunerado y productivo a personas con discapacidad, adaptado a sus características personales, y a la vez servir de puente hacia el empleo ordinario. El artículo 43 del Real Decreto Legislativo 1/2013, texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad, exige que estos centros tengan en su plantilla, como mínimo, un 70% de trabajadores con discapacidad, sin contar al personal no discapacitado dedicado a los servicios de ajuste personal y social.

Unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo

Los centros especiales de empleo deben contar con unidades de apoyo a la actividad profesional, equipos multiprofesionales encargados de ayudar a superar las barreras y dificultades que puedan surgir en la incorporación, permanencia y progresión del trabajador con discapacidad en su puesto. Según precisa el propio SEPE, estas unidades pueden atender también a otros trabajadores con discapacidad no incluidos entre los grupos prioritarios, siempre que no se descuide la atención a estos últimos.

Quién puede acceder al empleo con apoyo y a los centros especiales de empleo

Ambos programas están dirigidos, de forma prioritaria, a dos grupos de personas trabajadoras con discapacidad inscritas como demandantes de empleo:

  • Personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
  • Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.

Para acceder a cualquiera de las dos vías es necesario disponer del certificado de discapacidad correspondiente y estar inscrito en el servicio público de empleo. Se puede ampliar información sobre trámites y recursos laborales en la sección de guías de Red Inclusiva.

La cuota de reserva del 2% en empresas de más de 50 trabajadores

Además del empleo con apoyo y los centros especiales de empleo, la Ley General de Discapacidad obliga a las empresas públicas y privadas de 50 o más trabajadores a reservar un mínimo del 2% de sus puestos a personas con discapacidad. Esta obligación puede cumplirse de forma alternativa, en determinados supuestos, mediante contratos mercantiles o civiles con centros especiales de empleo, donaciones a entidades del sector o creación de enclaves laborales. Para localizar convocatorias de fomento del empleo y bonificaciones asociadas, puede consultarse el buscador de ayudas de Red Inclusiva.

Preguntas frecuentes sobre el empleo con apoyo y los centros especiales de empleo

¿Qué diferencia hay entre empleo con apoyo y centro especial de empleo?

El empleo con apoyo se desarrolla en una empresa ordinaria con acompañamiento de un preparador laboral, mientras que el centro especial de empleo es una empresa cuya plantilla es, como mínimo, 70% personas con discapacidad.

¿Qué grado de discapacidad se necesita para acceder a estos programas?

Al menos 33% en discapacidad intelectual, enfermedad mental o parálisis cerebral, o al menos 65% en discapacidad física o sensorial, además de estar inscrito como demandante de empleo.

¿Cuánto tiempo dura el apoyo de un preparador laboral?

Se mantiene mientras sea necesario para consolidar la adaptación de la persona a su puesto, y se reduce de forma progresiva a medida que gana autonomía en su trabajo.

¿Todas las empresas están obligadas a contratar personas con discapacidad?

Las empresas de 50 o más trabajadores deben reservar al menos el 2% de sus puestos a personas con discapacidad, aunque en ciertos casos pueden cumplir esta cuota mediante medidas alternativas.

Fuente: SEPE - Servicio Público de Empleo Estatal

Red Inclusiva · Equipo editorial

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